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viernes 12 de abril de 2013

Infames traidores a la patria

Infames traidores a la patria

Ante la arremetida del gobierno contra la Constitución Nacional, la  justicia y los derechos de los ciudadanos pretendiendo anular las cautelares para tener el poder absoluto, es bueno recordar el artículo 29 de nuestra constitución

Aunque hoy la Constitución Nacional es casi letra muerta porque el gobierno la ignora olímpicamente, todos sabemos que la vida política argentina tiene vueltas insospechadas. Quienes en un momento consideran que los votos los autorizan a cometer todo tipo de atropello institucional, un día pierden el poder y deben enfrentarse con la responsabilidad de los abusos de poder que cometieron.

Por eso, ante la arremetida del gobierno contra la Constitución Nacional, la  justicia y los derechos de los ciudadanos pretendiendo anular las cautelares para tener el poder absoluto, es bueno recordar el artículo 29 de nuestra constitución.

Art. 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.