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lunes 12 de diciembre de 2011

¿Cultura mata a ley?

Las reiteradas violaciones de la Carta Orgánica del Banco Central se inscriben en el marco de la tolerancia nacional a la inflación y el poco respeto que los argentinos tienen por las normas que van en contra de las costumbres.

El 3 de noviembre de 2011 el lector Juan Ignacio Galán en carta dirigida al diario “La Nación” se preguntaba por qué no se cumplen las prescripciones de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, que lo obligan a defender la estabilidad de la moneda y no recibir órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo Nacional. La respuesta es porque la ley 24.144 (que en 1992 estableció las prerrogativas y obligaciones de esta institución) es contraria a la cultura inflacionaria prevaleciente en el país, lo que significa que su violación no preocupa demasiado a la mayoría de la población y –lamentablemente– tampoco a la mayoría de la dirigencia. Es un caso parecido al del artículo 29 de la Constitución, que tiene por “infames traidores a la patria” a los legisladores que votan poderes extraordinarios, pero cuya violación reiterada no genera sanciones porque también es contrario a la cultura prevaleciente: en este caso, la cultura de caudillos. Ambos casos se inscribirían dentro del caso general que dice que en la Argentina cuando una ley es contraria a la cultura prevaleciente, a menos que la dirigencia haga un esfuerzo explícito para que la ley se cumpla, la misma será ignorada y nadie será sancionado.

De la tolerancia de nuestra sociedad a la inflación tenemos pruebas no lejanas. En la segunda mitad del siglo pasado la Argentina fue literalmente adicta a este medio de redistribuir riqueza y financiar el gasto público. Y esto porque se trata de un impuesto que las personas ricas o aquellas medianamente informadas logran eludir (sin incumplir ninguna ley), en tanto que los más pobres o los menos informados pagan, pero sin llegar nunca a comprender su verdadera naturaleza. La dificultad de estos últimos para comprender la naturaleza monetaria de la inflación hace que “compren” el mensaje de los demagogos que les dicen que la culpa es de quienes “suben los precios”. ¿Qué mejor para muchos dirigentes políticos y empresariales inmorales e irresponsables que un impuesto por el que no hay que rendir cuentas y que mientras se mantiene dentro de ciertos límites no es resistido por nadie? Más aún, gracias a la ignorancia de unos y a la mala fe de otros, hasta se llega a afirmar que sin inflación no habría crecimiento, afirmación a la que habría que responder preguntando cómo hicieron para crecer los países que tienen el doble o el triple del ingreso per cápita argentino y un décimo de nuestra inflación.

Alguien podrá acotar que en 1991 la Argentina reaccionó y se autoimpuso el severísimo régimen antiinflacionario de la convertibilidad. Primero: esa reacción tuvo lugar tras nada menos que cuarenta y cinco años de altas y mega inflaciones, y fue cuando el fenómeno había adquirido las características de una hiperinflación fuera de control, que provoca miedo y parálisis (ver cuadro al pie de la nota). Segundo: El amor virtuoso por la estabilidad no nos duró mucho, ya que once años más tarde volvimos a las andadas con una obscena devaluación del peso y la ruptura alegre de toda la juridicidad monetaria y financiera preexistente.

La ley que estableció la Carta Orgánica del Banco Central fue aprobada por el Congreso en septiembre de 1992 cuando la sociedad estaba todavía bajo el shock de las hiperinflaciones de 1989 a 1991. Dicha ley tomó algo de las normas que crearon al Banco Central de la República Argentina en 1935 –normas que habían sido arrasadas en 1946– y le dio a la institución los mandatos y la autonomía que tienen los bancos centrales exitosos. Alarma y desilusiona la complicidad de parte tan grande de la dirigencia con el incumplimiento de esta ley y con algo –como la alta inflación– que se sabe objetivamente malo. Convencida de que la inflación no es su responsabilidad (porque descree del vínculo entre el crecimiento de los precios y el de la cantidad de dinero) y que la Carta Orgánica vigente no refleja la voluntad de la mayoría, la actual presidenta del Banco Central la ignora olímpicamente. Y no tiene –ni teme– sanción porque sabe que juega a favor de la cultura general, como tampoco la tienen los legisladores que votan superpoderes para el Poder Ejecutivo. Porque cuando la mayoría dirigente es irresponsable y timorata, cultura mata a ley.

LA CRECIENTE INFLACIÓN ARGENTINA ENTRE 1945-1990

Caracterización
ALTA INFLACIÓN
MEGA INFLACIÓN
HÍPER INFLACIÓN
Fechas
Diciembre 1944 – Diciembre 1974
Diciembre 1974 – Diciembre 1988
Diciembre 1988 – Marzo 1991
Longitud del período
30 años
14 años
2 años y 3 meses
Factor de multiplicación del Índice de Precios al Consumidor (1)
21.939.446
21.939.446
1.102
Inflación promedio anual (2)
26,9%
234,5%
2.149,1%

Tipo de cambio: Unidades de la moneda argentina histórica (m$n) por dólar de EE.UU.

Comienzo del período
Fin del período

4
2.250

2.250 16.380.000.000

16.380.000.000
10.000.000.000.000

(1) Cociente entre los índices de precios al consumidor correspondientes al último y primer mes del período indicado. (2) Tasa porcentual anual compuesta de aumento del Índice de Precios al Consumidor.

Fuente: Cálculos propios sobre datos del INDEC y del mercado de cambios

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