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miércoles 26 de marzo de 2014

El conflicto docente en la Provincia de Buenos Aires

El conflicto docente en la Provincia de Buenos Aires

“Consecuentemente, entiendo que una correcta interpretación de nuestra Constitución Nacional, nos conduce a reconocer supremacía al derecho de aprender sobre el derecho de huelga…” Francisco Terrier Juez contencioso administrativo de la Pcia de Buenos Aires

No vamos a ingresar en el análisis del fallo que dispuso el cese de la huelga docente que ya cumplió 14 días, cuyos fundamentos, según mi opinión, son muy endebles, sino que iremos al análisis del conflicto en sí.

No se puede negar que los sindicatos que representan al personal docente de la Provincia de Buenos Aires están negociando la cuestión salarial, a tal punto que se realizan reuniones que hasta ahora no lograron éxito.

Sin interrumpir las negociaciones, los gremios docentes decretaron una huelga que lleva 14 días y que obviamente impidió el inicio de las clases según el calendario programado por las autoridades de aplicación.

Por otra parte los gremios docentes no cumplieron con la conciliación obligatoria, según da cuenta el defensor del pueblo de la Provincia de Buenos Aires en su demanda de amparo.

Lo cierto es que tengo serias dudas sobre la legalidad de la huelga decretada, ya que el gobierno no interrumpió las negociaciones y los gremios docentes no acataron la conciliación obligatoria, de donde no estarían respetando la garantía constitucional que dispone que los derechos se ejercen según las leyes que reglamentan su ejercicio.

Por lo tanto el gobierno de la Provincia debió haber aplicado las sanciones pertinentes, garantizando el derecho de defensa o bien podría haber solicitado judicialmente el cumplimiento del plazo de la conciliación obligatoria.

Es obvio que en cierta forma los gremios docentes, que en realidad ahora representan a los “trabajadores de la educación”(sic) están en un nivel inadmisible de rebeldía, materializada en el uso de la fuerza para imponer sus pretensiones.

No abro juicio sobre la legitimidad de los reclamos y las posibilidades económicas y financieras de la Provincia de pagar salarios dignos, sino de los medios usados por las partes en conflicto ya que como lo enseñó Max Weber hace años quien pretende fines nobles no puede recurrir a medios ilegítimos.

Este conflicto pone de manifiesto varias cuestiones que analizaré según una graduación de prioridades.

La causa del conflicto es la inflación, que pese a los índices de enero y febrero, el gobierno niega y por lo tanto no enfrenta.

No hay confianza en los índices oficiales, pese a su parcial sinceramiento y la gente, como el suscripto, pensamos que el piso de la inflación del año 2014 no podrá estar por debajo del 35%, que parece ser el piso salarial que han fijado la mayoría de los gremios para discutir las nuevas escalas salariales.

Tampoco sabemos como impactaran las rebajas y quitas de subsidios a la energía en el salario real, por lo tanto quizás lo idóneo y prudente hubiera sido determinar salarios provisorios hasta tanto se conozca el plan del gobierno para reducir la inflación a niveles lógicos.

Pero esta solución no es aplicable cuando no hay plan y cuando se miente.

Otra cuestión es la incapacidad del estado para hacer valer sus decisiones, de allí resulta que la conciliación obligatoria se haya convertido en una suerte de bien mostrenco.

Asimismo creemos que no podemos establecer una graduación sobre el valor de los derechos, no se trata de precisar si el derecho de propiedad esta por sobre el derecho de trabajar o el derecho de aprender es superior al derecho de huelga.

Ningún derecho es absoluto y la cuestión pasa por precisar el límite de su ejercicio o lo que Rawls llamó principio de “imparcialidad” ya que como lo decía Robert Nozick “Los derechos de los demás determinan las restricciones de nuestra acciones” o bien “…los derechos de otros limitarán nuestra conducta orienta hacia fines”.

En una sociedad hay individuos diferentes, con vías separadas y por tanto “…ninguno puede ser sacrificado por los demás…” por ello como también lo señala Nozick existen restricciones morales que prohíben que se agreda a los otros.

Estas huelgas salvajes que se han convertido en “uso” son otra expresión de esta sociedad violenta que parece estar convencida en que solo nos queda hacernos justicia por mano propia, mientras el estado carece de medios legales idóneos para administrar y resolver los conflictos que genera la convivencia entre la gente.

Es imprescindible pues crear un sistema de arbitraje obligatorio, para todas aquellas actividades sensibles al bien común como son la seguridad, educación, salud, transporte, es decir lo que se llama “servicios públicos”.

Claro para que el arbitraje obligatorio pueda funcionar necesitamos un estado, mejor dicho un gobierno que no mienta.

Sobre estos temas también los partidos políticos deberán expresar claramente cuáles son sus propuestas a pesar de los asesores de imagen o de la hipocresía…