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jueves 17 de mayo de 2007

El levantamiento de Santa Cruz

La diafanidad en materia de sueldos y la transparencia de las cargas sociales podría contribuir a que los levantamientos populares como los de Santa Cruz dejaran de tener sentido.

El levantamiento del pueblo santacruceño contra el poder preponderante y dominador del presidente Néstor Kirchner es una cuestión que estuvo inicialmente vinculada con la falta de diafanidad en la liquidación de los sueldos de empleados públicos.

Los docentes reclamaban airadamente porque el sueldo básico era ínfimo ($ 161), mientras que el gobernador local insistía en que el salario de bolsillo era el más alto del país ($ 2.500). Ambos tenían razón.

Pero, acto seguido, la pedantería con que las autoridades encararon el conflicto hizo el resto. El arrogante estilo de no escuchar, de pretender imponer sus deseos y de no saber dialogar con los demás permitió que los reclamos salariales derivaran a un campo inédito en el país: la rebelión popular contra el poder público.

En Santa Cruz ha quedado demostrado que la simpatía, la humildad, la comprensión, la tolerancia, el respeto, la consideración, la buena voluntad y la preocupación por el bien común no forman parte del cartapacio de quienes integran eso que ha dado en llamarse “el espacio político del Frente para la Victoria”.

Porque su estilo no ha sido vivir en armonía, sino la obsesión por imponerse.

Y ésta es la razón profunda por la que ha ocurrido un levantamiento popular en la provincia que el presidente gobernó por 13 años.

Opacidad en los sueldos

El tema de la falta de transparencia en la liquidación de los sueldos no es una cuestión menor. Desenmascara la increíble hipocresía con que los políticos –cuando llegan al poder– pretenden tapar los problemas que ellos mismos generan al sancionar leyes disparatadas.

Como se empeñan en llenar las plantillas de personal con cuanto correligionario o compañero les haya ayudado en la contienda electoral, llega un momento en que advierten que el dinero no alcanza. Entonces, tratan de mitigar los costos improvisando medidas disparatadas que sublevan a la gente.

Proceden a discriminar los sueldos inventando partidas rebuscadas: salario básico, puntaje adicional, bonificación por presentismo, aumentos no remunerativos, adicional por título, antigüedad ocupacional, compensación por zona desfavorable, suma fija no bonificable, recupero salarial, pago por desarraigo, entre otros.

Hacen esto para que los elevados impuestos al trabajo que ellos mismos han creado con una demagógica legislación laboral sean aplicados sólo sobre el exiguo salario básico, con lo cual indignan a los trabajadores porque les reducen sus ingresos y pulverizan la jubilación.

Este tema se resolvería de una manera muy simple, con una ley de sentido común que ordene las ideas del poco transparente tema laboral. Podríamos llamarla “Ley de ordenamiento salarial” (L.O.S.).

Dicha ley de ordenamiento salarial simplemente debería decir: “El salario es la remuneración del trabajo efectuado por una persona por cuenta de otra, en virtud de un contrato laboral, siempre que se haga en dinero efectivo cualquiera sea la forma en que se pague o se lo denomine, en blanco o en negro. El salario así entendido es el que deberá ser tomado en cuenta para el cálculo del aguinaldo, las vacaciones, las licencias y la jubilación por edad o retiro”.

Además habría que tener presente que, en el sector privado, no todos los empresarios son avaros y explotadores. Muchos de ellos no son monstruos que hay que combatir, sino emprendedores que tienen la pasión de crear y muestran una gran sensibilidad social cuando tratan de ayudar a sus trabajadores otorgándoles favores, recompensas o premios.

Estos favores no debieran ser considerados salarios sino gratificaciones que derivan del espíritu de colaboración en el seno de la empresa, en lugar de ser una conquista resultante de la lucha de clases entre patrones y obreros.

De manera que este principio de armonía social también debiera ser consagrado en la ley de ordenamiento salarial estableciendo claramente que: “Se consideran gratificaciones o recompensas no sujetas a ninguna carga social, fiscal o impositiva los siguientes beneficios otorgados a los trabajadores :a) la cesión de un teléfono celular de uso compartido con la empresa, b) los servicios de desayuno, merienda, almuerzo y cena en horarios de trabajo, c) el transporte a planta de los operarios y el retorno a casa, d) el suministro de ropa de trabajo y elementos de seguridad industrial, e) el uso gratuito de playas de estacionamiento para vehículos particulares, f) las ayudas por enfermedades y emergencias familiares, g) los subsidios por catástrofes naturales o fenómenos climáticos, h) la locación sin cargo de residencias e instalaciones de hostelería destinadas a las vacaciones del trabajador y sus familiares, i) los préstamos de honor otorgados para la capacitación profesional, la educación de los hijos y la construcción de la casa propia”.

Así, el espíritu de colaboración entre el capital y el trabajo reemplazaría a la dialéctica marxista de confrontación y lucha de clases.

Turbiedad en las cargas sociales

La misma claridad sugerida en materia salarial debiera aplicarse en las cargas sociales, porque ellas no son otra cosa más que fondos apropiados por el gobierno y sus aliados o secuaces: los sindicatos, las entidades de la seguridad social, las administradoras de fondos de pensión, las sociedades de riesgos de trabajo, las obras sociales forzosas, los gestores de fondos compensatorios y las compañías de seguros obligatorios.

En última instancia, la única diferencia existente entre el salario en blanco y en negro no es otra que la siguiente: en el primero, el Estado y sus socios sacan una importante tajada, mientras que en el segundo caso no se quedan con nada.

Para enmascarar la magnitud de esta quita forzosa, la legislación social ha dividido las cargas sociales en dos categorías: una definida como aportes que se descuentan del sueldo y la otra definida como contribuciones a cargo del empleador.

Pero, en definitiva, ambos, aportes y contribuciones, no son sino partes integrantes del salario que el Estado y sus socios confiscan por la fuerza.

Según la legislación actual, los aportes descontados del sueldo se destinan a distintas finalidades: el sistema jubilatorio, el instituto PAMI de jubilados, el cargo para la administración de la ANSSAL, la obra social gremial, las cuotas a sindicatos y los pagos a federaciones nacionales de trabajadores. Esos aportes, descontados compulsivamente a todos los que cobran sueldos en blanco, oscilan entre el 19% y el 20,5% del salario nominal, sin incluir las retenciones por Impuesto a las Ganancias de personas físicas.

Por otro lado, el empleador también tiene que hacer pagos que integran el costo del salario, pero que el trabajador ignora completamente. Se denominan contribuciones a la seguridad social y sus destinos son: el sistema jubilatorio, el instituto PAMI de jubilados, el fondo nacional de empleo, el fondo de asignaciones familiares, la administración de la ANSSAL, la obra social de los trabajadores, las cuotas fijas y el porcentual de la ley de riesgos de trabajo. Esas contribuciones forzosas deben pagarse mensualmente por cada trabajador que perciba salarios en blanco y alcanzan el 23,9% de la nómina salarial.

Además, y en virtud de las demagógicas disposiciones que la emergencia económica ha establecido, existen la doble indemnización y el derecho irrestricto a repetir las demandas por accidentes laborales sin ningún tope. Por ambos riesgos, las empresas están obligadas a constituir provisiones. Esas provisiones también constituyen el costo del salario y ascienden a 12,5% para el despido y 8,33% por accidentes del trabajo.

Cuando sumamos todas estas cargas sociales, llegamos a la increíble cifra del 65,23% sobre el salario nominal o, lo que es igual, al 82% del salario de bolsillo.

De manera que, si la sugerida ley de ordenamiento salarial quisiera brindar diafanidad a las cargas sociales, tendría que establecer lo siguiente: “A partir del día de la fecha, se dispone que todos los salarios de bolsillo tendrán que incrementarse un 82% por grossing-up y simultáneamente experimentar un descuento del 45% abarcativo de todas las contribuciones, aportes y cargas sociales vigentes hasta el presente”.

Mediante esta norma legal, el trabajador no tendría ningún aumento en sus remuneraciones y volvería a recibir exactamente el mismo importe cobrado el mes anterior. Sin embargo, podría comprobar la magnitud de las retenciones que se le practican y se pondría en la imprescindible tarea de analizar cuáles cargas sociales son excesivas y cuáles constituyen una expropiación de su esfuerzo. Comprendería que el costo del salario que percibe es muy superior al dinero que se lleva a su casa y empezaría a darse cuenta de por qué hay tantos personajes con buen pasar que medran a costa del esfuerzo de quienes trabajan.

La diafanidad en materia de sueldos y la transparencia de las cargas sociales podría contribuir a que los levantamientos populares como los de Santa Cruz dejaran de tener sentido.

Conociendo esas cosas, entonces sí podríamos empezar a salir del infierno que menciona constantemente el presidente Kirchner y estaríamos en condiciones de convertir a la Argentina en un país en serio. © www.economiaparatodos.com.ar

Antonio Margariti es economista y autor del libro “Impuestos y pobreza. Un cambio copernicano en el sistema impositivo para que todos podamos vivir dignamente”, editado por la Fundación Libertad de Rosario.

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