Jorge Triaca debe hacer una reforma laboral para crear trabajo
El ministro de trabajo, Jorge Alberto Triaca reúne varias cualidades que nunca se habían dado en ese cargo.
La primera, su natural cordialidad que lo hace particularmente afectivo y fascinante en el trato con las personas. Luego, su excelente formación en el colegio Cardenal Newman y la Universidad de San Andrés. Después, un hogar bien constituido, con seis hermanos y un excelente padre, prestigioso dirigente sindical de probada honestidad. Por último, su aptitud para superar la discapacidad física que lo afecta sin subestimarse ni sentir resentimiento alguno. Este conjunto de atributos lo hace especialmente apto para encarar la tarea de modernizar el vetusto régimen laboral argentino. El objetivo no puede ser otro que crear trabajo estable y bien remunerado para millones de desocupados y subsidiados.
EL PLAGIO DE LA JUSTICIA SOCIAL
Nuestra actual legislación laboral es un obstáculo contra la plena ocupación. Está basada en la vieja Carta fascista del Lavoro de 1927, de la que se plagiaron las cláusulas de lucha de clases pero se desecharon los principios que hacían posible el orden, la disciplina laboral y la colaboración entre trabajadores y empresarios.
Desde 1946 a la fecha y en materia laboral, la Argentina está plagada de conocidos eslóganes laborales, enmascarados de justicia social pero con nítido corte marxista, que incitan a “la lucha de clases”, enseñando que “el conflicto social existe porque la explotación capitalista necesita apropiarse de la producción de plusvalía”, a través de “una raza maldita de explotadores” a los que el Estado debe atacar para “conquistar la gran masa del pueblo combatiendo el capital”. ¡Extraños anuncios para conseguir inversiones productivas locales o extranjeras!
Qué tremendo contraste presentan con la tradición de cooperación social del capitalismo alemán. Allí, desde Otto von Bismarck (1815-1898) hasta hoy, trabajadores y empresarios colaboran sin agresiones salvajes. Existen casi 4 millones de mittelstand o sociedades industriales de artesanos maestros-oficiales-aprendices, que descienden de los nobles oficios de gremios medievales. En lugar de lucha de clases practican la colaboración laboral: al trabajador se lo llamaba y sigue llamando das Mitarbeiter (mi colaborador) y al empresario der Arbeitgeber (mi dador de empleo). Por eso, casi no tienen huelgas.
Esto por un lado. Por el otro costado, el tema más importante en la vida del trabajador es el de la agobiante presión fiscal de impuestos y cargas laborales. Esta parafernalia recaudatoria de larga data, les arrebata el excedente de valor añadido que ellos generan, impidiéndoles el ascenso social.
Es evidente y rotunda la afirmación de que los impuestos provocan pobreza y condenan a los humildes a seguir siendo pobres de por vida. Pero curiosamente, el tema fiscal en los salarios es relegado por los economistas y soslayado por los expertos tributarios, con la excusa de que es materia específica del derecho laboral. Entonces nadie lo encara seriamente.
De esa manera y de un plumazo, el asunto queda en manos de los caciques sindicales, de los funcionarios a cargo de la recaudación impositiva y de improvisados legisladores ávidos de notoriedad. Sin embargo ésta es la cuestión núcleo que se esconde en lo más íntimo del actual descontento social y lo que más decisivamente influye en la destrucción de puestos de trabajo, el alto costo de producción, el nivel de informalidad y la pérdida de competitividad.
Como consecuencia de los impuestos y las cargas laborales, las empresas argentinas hoy no pueden exportar sus productos al mundo.
El ministro Jorge Triaca tiene entonces en sus manos, la posibilidad de encarar un cambio a fondo en materia laboral, incluyendo la prioritaria cuestión de los impuestos al trabajo. No hay nada que pueda forzarle a desentenderse del tema, ni siquiera la autorización del presidente.
Ésta es su responsabilidad histórica y la razón por la cual podría honrar a su padre entrando en la puerta grande del movimiento obrero, al crear nuevas condiciones para los puestos de trabajo, eliminando el trabajo clandestino sin violencias y garantizando que el salario honestamente ganado, dejará de ser rapiñado por el Estado o arrebatado por oligarquías gremiales y de profesionales que viven a costa de él.
En estas circunstancias, Jorge Triaca no puede hacer la plancha ni conformarse con una gestión cómoda, rutinaria e intrascendente. Está llamado por el destino a pensar, diseñar y hacer cosas más grandes y perdurables.
CONFISCACION DE LA RENTA EN LOS SALARIOS.
En Argentina los salarios de los trabajadores, como otras rentas personales, están sujetos a la avidez desmedida de quienes detentan el poder. Redactan leyes y decretos haciéndoles creer que son reparaciones históricas es para su beneficio, ocultándoles que están sustrayendo o robando una parte importante del valor agregado creado con su trabajo.
Lo mismo pasa con los compradores de bienes o servicios con las estrambóticas facturas “B” o “C” denominadas “consumidor final” o “exento” y hechas con la perversa intención de que no se enteren de cuánto es el precio real del producto y cuántos impuestos les adicionan.
Ello sucede también con las cuentas bancarias particulares, que han sido tomadas por asalto por las reparticiones del Estado y los propios bancos. Sin autorización del titular, se debitan cuantos impuestos, gabelas, comisiones o presuntos gastos se les ocurra a estos usurpadores de la propiedad privada bancaria.
Exactamente igual ocurre con los resignados usuarios de servicios públicos y los que cargan combustibles en sus vehículos. Las tarifas son aprovechadas para cobrar una decena de impuestos sin que se den cuenta. Este deliberado saqueo fiscal oscila entre el 54% y el 60% de las tarifas y el 71,8% del precio de la nafta o el gasoil en las estaciones de servicio. Por lo cual, cuando aumentan las tarifas en realidad nos aumentan impuestos.
IMPUESTOS TENEBROSOS Y OCULTOS
Aquí examinaremos el caso de los impuestos cobrados bajo la forma de cargas sociales, que el ministro Triaca podría corregir de un sablazo como hizo Alejandro Magno al cortar el nudo gordiano.
El régimen laboral argentino establece que al trabajador hay que hacerle una retención del 20% en concepto de Jubilaciones, Contribución al Pami, Cuota sindical, Obra Social del Sindicato, Cuotas a la Federación nacional y Fondo de Redistribución Solidaria. Pero además, el mismo trabajador está siendo sustraído con otros tantos aportes que se denominan contribuciones patronales y que en realidad forman parte del sueldo ganado con su trabajo, lo cual suma otro 38,6 % de su salario bruto.
Si Jorge Triaca tuviera coraje y dispusiera que los trabajadores en blanco van a tener el derecho de conocer su liquidación completa, advertirían que p.e. un sueldo de bolsillo de $ 15.000, realmente representa un salario de $ 25.987, compuesto de este modo: Salario neto $ 15.000 + Retenciones $ 3.750 + Contribuciones ocultas $ 7.237. De manera que si él trabajador se entera de lo que hacen con su plata, vería que lleva $ 15.000 a su casa, pero el contubernio del Estado-Gremios-Planes Sociales le calotean un 73% de lo que percibe en el sobre. Entonces el asalariado diría ¡esto es una barbaridad! y se resistiría a que le sigan descontando y pagando nada por él. Decidiría usar de la libertad de elegir por su cuenta, dónde y cómo ahorrar para jubilarse, cómo va a cubrir su seguro de salud y cómo se amparará de los riesgos de su vejez. Sería una verdadera revolución copernicana.
Claro que saltarían como leche hervida todos los que viven a costa de su esfuerzo porque perderían estas gangas. Sin embargo, esto es lo que el presidente Macri llama un “cambio cultural” o el “camino de la verdad salarial” y Jorge Triaca podría ser su histórico ejecutor.
Una vez hecho esto, Triaca tendría que ocuparse de reducir los costos salariales, eliminando las avivadas gremiales y tratando de que muchas cargas sociales diferidas sean financiadas por otros impuestos como el IVA, Interno, Ingresos brutos, Bienes Personales y Aranceles aduaneros por ejemplo. Si esto ocurriera, podría darse otro paso revolucionario: unificar el salario registrado y el salario en negro, porque ambos serían en blanco.
CAMBIEMOS Y EL REGIMEN LABORAL
Para ordenar el régimen laboral también es necesaria una ley de sentido común, que podríamos llamar “Ley de ordenamiento salarial”.
1º Igualación: para evitar disquisiciones entre salarios blancos o negros, remunerativos y no remunerativos, sustituibles por dinero y no sustituibles, gratificaciones acumulables y vales alimentarios habría que determinar que: “El salario es la remuneración efectiva del trabajo efectuado por una persona a cuenta de otra, siempre que se pague en dinero efectivo, cualquiera sea la forma de pago. El salario así entendido deberá ser tomado en cuenta para el cálculo de indemnizaciones, aguinaldo, vacaciones, licencias y jubilación. Las propinas voluntarias no forman parte del salario”.
2º Recompensas: en el sector privado muchos empresarios muestran sensibilidad social tratando de ayudar a sus trabajadores al otorgarles premios y recompensas. La ley tendría que recoger ese espíritu disponiendo que “Se consideran gratificaciones o recompensas no sujetas a ninguna carga social, fiscal ni impositiva los siguientes beneficios otorgados a los trabajadores: a) cesión de teléfono móvil para uso compartido, b) servicios de desayuno, merienda, almuerzo y cena en horarios de trabajo, c) transporte a planta y retorno al hogar, d) suministro de ropa de trabajo y elementos de seguridad, e) permisos para estacionar vehículos en playas propias, f) reintegros de honorarios médicos y fármacos, g) subsidios por catástrofes naturales, h) cesión de hostelería veraniega para las vacaciones del trabajador y su familia, i) útiles escolares y guardapolvos para los hijos, j) préstamos de honor para la capacitación profesional y educación de los hijos, k) gastos de sepelio de familiares, m) ayudas no retornables para reparación de la casa propia”.
3º Sinceramiento: La única diferencia entre el salario en blanco y en negro consiste en que el Estado y sus secuaces puedan sacar abundante tajada en el primero y se quedan con nada en el otro caso. Para enmascarar la magnitud de esta quita, la legislación laboral divide las cargas sociales en dos categorías: aportes retenidos al asalariado y contribuciones del empleador. En definitiva, tanto unos como otros son partes integrantes de un arrebato forzoso. De manera que, para brindar diafanidad a las cargas sociales, la ley debiera establecer que: “A partir del día de la fecha, todos los salarios de bolsillo se incrementarán por grossing-up el 73 % (o el % que resulte, de relacionar cargas sociales con el salario de bolsillo) y al mismo tiempo se practicará un descuento del 43 % (o el % abarcativo de todas las cargas sociales vigentes), quedando eliminada la distinción entre aportes y contribuciones”. El trabajador cobrará lo mismo, pero tomará conciencia de lo que le cuesta la seguridad social y comprenderá que cualquier nuevo aporte le será descontado de su sueldo.
4º Transparencia: las autoridades municipales debieran confeccionar y publicar encuestas de remuneraciones por ramas de actividad y para diferentes puestos de trabajo. El objetivo de la encuesta consiste en transparentar el salario para que los trabajadores sepan cuál es el valor social que el mercado está dispuesto a pagar por su tarea. Así podrán orientarse hacia el tipo de trabajo que más les convenga.
5º Crear nuevos puestos de trabajo: para recuperar competitividad e incorporar la enorme masa de desocupados a la disciplina laboral es necesario plantear una profunda reforma del mercado de trabajo, tal como se ha hecho en Alemania, España, Grecia, Italia e Irlanda. Los temas a corregir son: a) reducir el número de convenios colectivos por actividades y limitarlo a temas generales; b) determinar fehacientemente que los convenios colectivos constituyen acuerdos que obligan sólo a los sindicatos y empleadores que hayan otorgado representación formal por medio de sus organizaciones; c) eliminar la ultraactividad de los convenios para que a su vencimiento puedan actualizarse según las nuevas circunstancias positivas o negativas; d) disponer que las empresas que no intervengan en las negociaciones colectivas puedan acordar las bases de relación por contratos colectivos en cada empresa, conteniendo estos elementos: quiénes son parte, vínculo de subordinación, servicios personales que se comprometen a realizar, remuneración y gratificaciones a percibir; e) liberalizar las condiciones de trabajo dando mayor autonomía a los trabajadores para que individualmente decidan el número de horas extras que pueden hacer, las condiciones del trabajo y las reglas de disciplina interna de la empresa.
6º Reglamentos internos: en cada localidad, las autoridades municipales, debieran promover “La vigencia de reglamentos internos de trabajo claros y simples, con las condiciones disciplinarias y las relativas a higiene, salud y seguridad de los trabajadores. Tales reglamentos internos debieran ser suscriptos y aprobados por unanimidad entre gremios y cámaras o entidades empresarias locales”. No podrán ser genéricos ni uniformes para todos los gremios, de manera que queden bien distinguidas las condiciones de trabajo de pequeñas localidades con respecto a las de grandes ciudades.
7º Ofertas laborales: en cada localidad, “Por iniciativa de las cámaras comerciales e industriales, las bolsas de comercio, las asociaciones rurales y los sindicatos locales debiera organizarse un Servicio privado de empleo y ofertas laborales, para que las personas desocupadas puedan encontrar trabajo”. A tales efectos, podrían crear por medio de la Web, registros de ofertas de mano de obra, en forma anónima, de manera que puedan demandarse puestos de trabajo definitivos, tareas temporarias o servicios tercerizados. Este servicio no podrá ser ejercido en condiciones de exclusividad.
8º Desocupación: Hasta tanto pueda absorberse un número significativo de los desocupados existentes en el país, ”Se eliminarán para las nuevas contrataciones todos los aportes y retenciones, incorporándolas a los salarios de bolsillo. No habrá indemnización por despido en el caso de contratación de trabajadores desocupados. El importe de subsidios actualmente repartido entre ciertas empresas privilegiadas, será destinado a cubrir los costos esenciales del seguro de salud, los aportes jubilatorios y la previsión por accidentes de trabajo de aquellos trabajadores desocupados que se contraten”.
9º Ductilidad: En el seno de las empresas, “El empleo será flexible y polivalente”, es decir que se terminarán de una vez por todas las “restricciones ocupacionales surgidas de convenios colectivos” y el odioso argumento “de que ese trabajo no me corresponde”.
10º Salario familiar: Los salarios familiares y las asignaciones por hijo, añadidos al salario “Serán deducibles, por el empleador, del impuesto al valor agregado liberando al Estado de prestar asistencia social clientelística y fomentando que cada empresa desarrolle criterios de solidaridad para con su propio personal”.
11º Juicios laborales. En conflictos laborales, “Los juicios ante tribunales del trabajo serán reemplazados por una mediación legal, de manera que cada magistrado de la justicia laboral se convierta en árbitro-mediador actuando con un jurado de expertos en el tema que se dirime. Su nueva función será recoger agravios, antecedentes, argumentos y propuestas del trabajador y del empleador; tener en cuenta que el bien mayor es mantener la supervivencia de la empresa para el conjunto de operarios; prestar ayuda y buen consejo a las partes en conflicto; y finalmente decidir en forma integral por una u otra alternativa, teniendo prohibido alterar o modificar las propuestas de cada parte. En consecuencia, el magistrado no podrá fallar por una alternativa distinta ni contener proposiciones parciales de una y otra parte”.
12º Libertad para elegir. En un plazo razonable, los trabajadores en relación de dependencia debieran gozar de libertad irrestricta para elegir el sistema de seguro de salud de su preferencia, sea público, privado, sindical o de medicina prepaga. La misma libertad de elección gozarán para el sistema de jubilación en caso de retiro. Una ley especial deberá “Garantizar el valor adquisitivo del ahorro jubilatorio para impedir, que en las imposiciones mensuales, se produzca el efecto devastador de la inflación en la moneda nacional. Otras leyes darán preferencias impositivas a aquellas entidades de caridad o mutuales sin fines de lucro que organicen los servicios de retiro basados en razonables cálculos actuariales sobre la vida media probable y adecuadas tablas de mortalidad de mujeres y hombres sanos”.
13º Convenios por empresa. Existe la creencia generalizada, nunca sometida a un análisis serio, que la negociación colectiva por sectores de actividad, es buena para trabajadores, empresarios y toda la sociedad. El profesor William Hutt demostró exactamente lo contrario: que la negociación colectiva, lejos de mejorar las cosas, las empeora. En concreto, la negociación colectiva se basa en la amenaza última del uso de la violencia por parte del sindicato, lo que retrae la probable generosidad del empresario, que se considera un potencial agredido y se defiende reduciendo tanto la contratación como el salario dispuesto a pagar.
Por otro lado, los convenios colectivos aumentan las desigualdades de renta entre trabajadores, de sindicatos fuertes y sindicatos débiles, entre empleados de grandes empresas y las más pequeñas, entre trabajadores de entidades públicas y privadas, entre dependientes antiguos y los nuevos empleados, porque tiende a crear una elite de trabajadores que son los únicos beneficiarios del sistema en detrimento del resto.
Junto con estos privilegiados, se crea una nueva clase social compuesta por jerarcas sindicales favorecidos por el procedimiento de la contratación colectiva y un sistema político clientelístico que encuentra su natural medio de supervivencia en la dependencia absoluta que la negociación colectiva crea en los trabajadores impidiéndoles negociar por su propia cuenta.
Empresarios rentistas, dirigentes oligarcas y trabajadores sometidos, todos ellos forman la nueva división de clases provocada por el sistema de convenios colectivos por ramas o sectores de actividad.
Tales son las tamañas cuestiones que el ministro Jorge Triaca tendría que encarar para producir mejoras en favor de los que trabajan honestamente y no se dedican a generar conflictos lucrando con industria del juicio laboral. Ahora tiene la oportunidad única en su vida, de mostrarnos que también hay un cambio en materia de contratos de trabajo.