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jueves 22 de abril de 2004

Ricardo Rojas: “Lo que se anunció no fue ni un plan y tampoco fue integral”

Esta semana el gobierno nacional presentó el Plan Estratégico de Justicia y Seguridad para 2004-2007, en el que se anunciaron una serie de medidas que buscan poner freno al delito y resolver el problema de la inseguridad en el país. El proyecto prevé, entre otras cosas, varias modificaciones legislativas y una reestructuración del Poder Judicial. Ricardo Rojas, juez penal, aclara cuáles son los cambios principales que proponen estas medidas y hasta qué punto resultarán eficaces.

– El día lunes el gobierno anunció un plan integral para tratar de frenar el delito. Obviamente, esto provoca un gran impacto. ¿Pero realmente va a cambiar algo?

– En primer lugar, yo creo que lo que se anunció no fue un plan ni tampoco fue integral. El punto es el siguiente: se trata de una cantidad de medidas, varias de las cuales son buenas y tal vez se deberían haber tomado y llevado a cabo hace mucho tiempo. No hacía falta esperar que pasara todo esto para resolverlas. Algunas, yo creo, lo que hacen es seguir simplemente el petitorio Blumberg. Por ejemplo, enfocarse en que los presos tienen que trabajar en la cárcel pareciera que viene un poco de las propuestas de Blumberg.
Y afirmo que no es un plan integral porque, en realidad, hoy el problema más serio de inseguridad está la provincia de Buenos Aires, y todas estas medidas, con respecto a ella no tienen nada que ver.
El gobierno de la ciudad va a construir 8 cárceles, pero en ninguna de ellas, en principio, va a haber presos de la provincia que están todos en las comisarías y van a seguir estando allí.

– ¿Las cárceles que va a hacer el gobierno van a ser sólo para la ciudad de Buenos Aires, para los delitos federales?

– Sí, y para los delitos que se cometan en la Capital Federal durante algún tiempo hasta que se vea cómo se resuelve el tema penitenciario.
En todo el sistema carcelario hay problemas. Pero dentro de esos problemas, el esquema penitenciario general no está saturado y sí lo está el de la provincia de Buenos Aires, que ni siquiera tiene cárceles para los procesados. Y estas leyes que aumentan las penas, van a mandar oleadas de nuevos presos a las comisarías donde ya están hacinados. Con lo cual, va a haber un problema muy grave.
Por eso, yo decía que no es un plan integral. Porque posiblemente en todo el país, los inconvenientes más graves están en la provincia de Buenos Aires y este es un plan del gobierno general.

– ¿Podría explicar, a grandes rasgos, de qué se trata este paquete de medidas?

– Involucra varios puntos. Se lo ha dividido en: justicia, seguridad, servicio penitenciario, acción ciudadana, que es el juicio por jurado y que es un tema para tratar todavía…

– Ese es un tema para el debate, ¿no es así?

– Sí. Es interesante para hacer, por ejemplo, el análisis económico de todas estas cuestiones. No solamente monetario, sino en recursos, en tiempo y en un montón de otras cosas.
Hay que fijarse muy bien, porque el juicio por jurados hoy es mantenido en algunos países sólo por una tradición, pero es muy criticado. En España se implementó en el año 1995 y ya el propio Consejo de la Magistratura español ha hecho severas críticas sobre cómo está funcionando allí. Pero hay otro dato, y que es importante para tener en cuenta. En Estados Unidos, el 90% de las causas penales se resuelven por acuerdos entre el fiscal y la defensa del imputado. No van a juicio. Del 10% que queda, muchas veces eligen que el veredicto lo emita el juez y no el jurado, lo evitan. O sea que los jurados quedan reservados para una porción muy pequeña de las causas.

– El jurado son ciudadanos comunes que van y opinan, sin conocimientos, sobre cuestiones jurídicas. ¿No es muy delicado? Porque el juez no puede decir “ustedes lo declararon culpable y para mí las pruebas no son tan contundentes”.

– Sí. Y sobre todo que los jurados se manejan por lo que se denomina “las íntimas convicciones”. Ellos se reúnen, se encierran y deciden si el acusado hizo tal cosa o no la hizo. Pero no fundamentan la decisión. En la sentencia lo único que va a decir es que el jurado decidió que el hecho está probado y que Fulano lo hizo. Vaya uno al Tribunal Superior a decir “esta decisión fue arbitraria”… No hay forma de probarlo.

– ¿Si yo apelo?

– Usted puede apelar para demostrar que ese hecho que se probó, en realidad, no es delito o no es el delito que el juez después dice que fue, o que la pena es excesiva o alguna cuestión de esta índole. Pero que los hechos se cometieron, una vez que el jurado estableció que sí lo hicieron, no se puede rebatir. Justamente, porque eso quedó en la íntima convicción de los jurados. Con lo cual, se tiene una Constitución que garantiza la multiplicidad de instancias, pero que, sin embargo, por lo menos en lo que tiene que ver con la discusión de los hechos, ya no se van a tener.

– ¿Porque no voy a poder apelar a segunda instancia?

– Porque no hay forma de entrar ni de acceder a lo que pasa dentro del cuarto donde deliberan los jurados. El propio proyecto de ley lo establece. La sentencia lo único que va a consignar es: “el jurado decidió que tal hecho se probó y que Fulano de tal lo realizó”.

– Además, acá los tribunales populares pueden llegar a ser cualquier cosa, ¿no?

– Ni hablar. Lo que yo decía sobre el análisis económico, tiene que ver con que, por ejemplo, en Estados Unidos esto funciona porque, como ya dije, el 90% de los casos se resuelven por acuerdo. Una cosa muy importante que debería haber estado incluida en este paquete de medidas es la de permitir una mayor cantidad de herramientas que den posibilidad al fiscal y al defensor para poder llegar a este tipo de acuerdos, para poder abreviar los juicios y negociar la mediación penal. Es decir, un montón de formas que permitan reducir el trabajo.
Al contrario de esto, imagínese que un hombre le arrebata la cartera a una mujer en la calle, sale corriendo, se escapa, después lo agarran. Bajo este nuevo sistema, yo, como juez, tengo que hacer una audiencia preliminar para elegir 18 personas –12 jurados y 6 suplentes, por las dudas-. Obviamente, esas personas se pueden recusar, se pueden excusar o los voy a buscar y se mudaron. Hay que montar todo un operativo de gente para buscar estas 18 personas. O sea, que puede llevar bastante tiempo. Pero, supongamos que, finalmente, llego al juicio… Que va a durar 2 horas porque el hombre le sacó la cartera y hay testigos que lo vieron. Entonces los jurados se van a encerrar a debatir y decir: “sí, es verdad, es culpable”. ¿Entiende? Me refiero a que todo esto va a tener un costo muy grande: el tiempo de la gente, porque no se crea que a la gente le va a gustar ser jurado. Un día va a ser divertido, la primera vez, pero después… Y además, la ley prevé algún tipo de remuneración. O sea, que siguen aumentando los costos.
Pero lo peor de todo es que he escuchado decir que esto se hacía para agilizar los procedimientos. Éste es uno de los puntos.
Le diría que hay reformas políticas que están anunciadas como que se van a mandar al Congreso dentro de 30 días….

– ¿Se refiere al voto electrónico y eliminar las listas sábanas?

– Sí. Que como mensajes son buenos, pero hay que ver cómo vienen. Se plantean reformas al Consejo de la Magistratura para achicar su conformación y mejorar su funcionamiento…

– Permítame que le haga una pregunta, ¿de qué se encarga el Consejo de la Magistratura?

– Hay dos instituciones. Una es que el Consejo de la Magistratura está involucrado en la designación de los jueces y en la administración del Poder Judicial. Hay una discusión sobre cuáles son las atribuciones de la Magistratura y cuáles las de la Corte Suprema, pero básicamente es esto que le digo. Y, además, hay un Tribunal de Enjuiciamiento de magistrados que se dedica a juzgar a los jueces cuando se desempeñan incorrectamente.

– ¿Pero eso no se superpone con la función del Senado?

– Lo que sucede es que a partir de la Reforma de la Constitución del ’94, el Senado sólo juzga a la Corte Suprema. Todos los tribunales de la Corte para abajo son juzgados por ese Tribunal de Enjuiciamiento.

– ¿Pero en la Constitución original de 1853 se establecía que el Senado juzgaba a todos?

– Sí, tal cual.

– A mí me da la sensación de que acá vamos duplicando las cosas porque como las primeras no funcionaron, probamos con otra. Por ejemplo, la policía no funciona, creamos el FBI local, y así vamos haciendo con todo.

– Y hay algo peor. El Tribunal de Enjuiciamiento era un tribunal permanente con una cantidad de gente establecida para juzgar un juez por año o a lo mejor cada 2 años. Una de las reformas plantea que solamente se va a constituir un Tribunal de Enjuiciamiento cuando haya un caso que se deba juzgar.
Pero, hay algo más que es importante destacar, porque está muy bien, por supuesto, agilizar el Consejo de la Magistratura, pero sin olvidar que después ese Consejo es el que le manda al presidente de la República las ternas para que él después elija uno de esos tres y lo mande al Senado para buscar el acuerdo. Nosotros tenemos ternas mandadas por el Consejo a Duhalde, hace un año y medio ó dos y todavía están esperando que el presidente elija.
Entonces, todos los eslabones de la cadena tienen deficiencias y muchas de estas cosas se podrían hacer bien sin necesidad de reformas legislativas ni de planes integrales, con sólo ponerse a trabajar.

– Supongamos que se pueden hacer reformas de largo plazo, serán mejores o peores, pero se hacen. ¿Ahora, en lo inmediato, en la cuestión de la prevención, en todo lo que tiene que ver este eslabón que, finalmente, es el más importante para evitar el delitonota que es modificable o sólo lo será en el largo plazo?

– La verdad es que a corto plazo es muy difícil. Por lo pronto, se habla de una especie de agencia de seguridad, tipo FBI. Es decir, crear lo que está previsto legislativamente y nunca se implementó, que es la policía judicial. Es decir, separar al policía de calle, policía de delincuente, de la policía que después tiene que investigar el delito. Y que, incluso, puede investigar al propio policía que detuvo al delincuente. Mantenerlos totalmente separados y dependiendo de distintas personas. Eso está previsto en la ley pero nunca se implementó. Y sería muy importante, porque los jueces podrían confiar en la policía que está haciendo la investigación.

– ¿Y esos policías de quién dependerían?

– Dependerían del Poder Judicial o del Consejo de la Magistratura o de la Procuración General. Pero sería interesante hacer esto, y no se hace. © www.economiaparatodos.com.ar



Ricardo Rojas es juez de un Tribunal en lo Criminal en la Ciudad de Buenos Aires, autor del libro “Las contradicciones del derecho penal” y director del centro de estudios por internet El Liceo (www.liceo.org).




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