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jueves 25 de agosto de 2005

A unos años de la Ley Federal de Educación (II)

A más de una década de sancionada, la Ley Federal de Educación no sólo no ha sido implementada en todas las jurisdicciones del país, sino que el Estado nacional tampoco ha fijado cuál es la política educativa a seguir.

La Ley Federal de Educación es una de las llamadas “ley marco”, habida cuenta de que debía llenar el vacío legal que existía a este respecto. Hay que tener en cuenta que mucha gente considera equivocadamente que la ley de educación que regía nuestro país era la 1.420, sancionada el 8 de julio de 1884. Y digo equivocadamente pues esta última sólo tenía jurisdicción, al momento de su sanción, en la Capital Federal, Colonias y Territorios Nacionales (que en ese momento eran más numerosos, ya que además de Tierra del Fuego se encontraban, entre otros, el actual Chaco o La Pampa). Es decir que no era una ley para toda la Nación sino solo para una parte de ella.

Por ese motivo, por tratarse de una “ley marco”, la mencionada ley intentó batir todos los aspectos posibles del ámbito educativo pero dejó las concreciones en manos del Consejo Federal de Educación, creado por la misma ley. En palabras del ministro de Educación de la época, el ingeniero agrónomo Jorge Rodríguez, la ley no iba a “reglamentarse” –como cualquier otra- sino a “implementarse”.

Tengo la sensación, a su vez, de que fue una ley que intentó dejar contentos a todos. Por ejemplo, en su artículo cuarto puede leerse textualmente: “Las acciones educativas son responsabilidad de la familia, como agente natural y primario de la educación, del Estado Nacional como responsable principal, de las provincias, los municipios, la Iglesia Católica, las demás confesiones religiosas oficialmente reconocidas y las organizaciones sociales”. Si de esto puede deducirse quién es realmente responsable de la educación, reconozco que yo no le he logrado. Dado que “todos” son los responsables, parece que “ninguno” lo es.

En el artículo quinto aclara específicamente que es el Estado nacional quien deberá fijar los lineamientos de la política educativa, respetando algunos principios y criterios de los que citaré alguno más adelante. Quizá por tratarse de una “ley marco”, no especifica cuándo debe el Estado nacional fijar esta política. Han pasado ya más de doce años desde la sanción de la ley. ¿No será momento de empezar a fijar esa política educativa, más allá de lo que la misma ley dice?

Uno de los “criterios” para establecer las pautas de política educativa que me llamó la atención la primera vez que leí la ley es el siguiente: “La superación de todo estereotipo discriminatorio en los materiales didácticos”. Consulté a la comisión de educación de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y al Ministerio de Educación de la Nación, pero no logré obtener respuesta acerca del significado del mencionado criterio. Finalmente la develación del misterio me la brindó… ¡¡¡un alumno de la universidad!!! Él me dijo que era muy sencillo: en los libros de texto no podían decirse cosas como “mi papá trabaja y mi mamá plancha”, ya que esto son estereotipos de los roles paterno y materno, y encima discriminatorios.

El resto de los derechos y criterios son más entendibles, y en muchos casos realmente loables, pero el tema es que aún no se han concretado en ningún documento que explicite cuál es la política educativa de la Argentina. Y que a su vez ese documento se traduzca en acciones concretas.

A más de una década de sancionada esta ley, nos encontramos con que no sólo no ha sido “implementada” en todas las jurisdicciones del país, sino que el Estado nacional tampoco ha fijado cuál es la política a seguir. En resumen, seguimos avanzando pero no sabemos hacia dónde. No sé cuál es la diferencia entre que “reglamenten” o “implementen”. Pero, por favor, háganlo. © www.economiaparatodos.com.ar



Federico Johansen es docente, director general del Colegio Los Robles (Pilar) y profesor de Política Educativa en la Escuela de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la UCA (Universidad Católica Argentina).




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